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sábado, 18 de julio de 2009
NO SOY TERRORISTA JCC- EN HOMENAJE A LOS ESTUDIANTES Y PROFESOR DE LA CANTUTA DESAPARECIDOS Y ASESINADOS
NO SOY TERRORISTA
Jimmy Calla Colana
Hoy los poetas callan
ante la tumba de los idos de la Cantuta
ante el rocío de la noche oscura
ante la vorágine de la melancolía
ante la penumbra vestida de cobardía.
Aquí está el estudiante pobre, marginado,
rebelde y tierno.
Aquí están los parias, provincianos y excluidos
dispuestos a reivindicar su vida
poniendo este grito en el cielo
no soy terrorista, soy de la Cantuta,
no soy terrorista, soy antiimperialista
no soy terrorista, soy un luchador socialista.
Aquí está mi voz muerta
que traspasa cementerios y lápidas esculpidas
que nacen de las fosas comunes de la tierra estéril
que acusan al vil y cobarde asesino
que se esconde en las penumbras
de la mentira y su cobardía
y se protege en las axilas
del gran regordete genocida
para pedir inmunidad de rodillas
con su negra espuma plañidera
para salvarse de una condena segura
Hoy los poetas callan ante la flor resplandeciente
ante la tumba que grita justicia
algún día habrá equidad, habrá libertad
y ustedes asesinos pagarán su genocidio
y los poetas como yo
con lágrimas apretadas en el dulce lirio
junto a luciérnagas que serán mi compañía
vengaremos tu muerte
cantando este juglar convertido en melodía.
Podrán matar a todas las flores
menos a la Cantuta.
¡¡¡VIVA LA CANTUTA, VIVAN LOS VALIENTES QUE DIERON SU VIDA Y SIGUEN ENTREGANDOLA EN DEFENSA DE UN PERU MEJOR!!!. Mariaje
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miércoles, 15 de abril de 2009
SENTENCIA DE LA RAZON. CESAR LEVANO
SENTENCIA DE LA RAZÓN
Por: César Lévano La mayoría del país aprueba la condena a 25 años de prisión acordada por el Tribunal Penal Especial de la Corte Suprema contra Alberto Fujimori.
En el mundo entero, la sentencia fue colocada bajo este gran titular:
CULPABLE.
CULPABLE.
La razonada sentencia ha acumulado decenas de pruebas que demuestran que Fujimori comandó un grupo de poder y crimen cuyos soportes fueron el capitán (r) Vladimiro Montesinos y el general Nicolás de Bari Hermoza. A la luz de los hechos, expuestos con claridad y rigor en la sentencia, aparece Fujimori no sólo como un criminal despiadado, sino también como un cínico.
En el proceso y en declaraciones periodísticas, el ex presidente ha afirmado que no conocía de los asesinatos cometidos por el destacamento “Colina”. Sólo fanáticos enceguecidos pueden creer que, ocho meses después de la matanza de “Barrios Altos”, en la cual Martín Rivas mató a un niño de ocho años de edad, el ex presidente no sabía de esa organización criminal.
Sectores independientes de la prensa peruana y observadores internacionales habían investigado ya la pavorosa hecatombe de “Barrios Altos”, y señalado a los autores, pero el ingeniero Fujimori afirma no haberse enterado de nada. “Yo soy el jefe, pero no sé nada”, podría haber dicho.
Eso es lo que, conforme a ley y razón, el tribunal califica de omisión culpable, porque, si hubiese sido un gobernante democrático y responsable, hubiera debido ordenar no sólo la investigación, sino también el castigo para el grupo militar que efectuó tal ejecución extrajudicial con armas, municiones y hasta movilidad oficial. Lo que sí hizo Fujimori es felicitar al comando ‘Colina’ “por sus exitosas operaciones”, además de amnistiarlo para que siguiera disfrutando de la vida. Y de la muerte.
Keiko Fujimori, la heredera política del ex dictador, considera que la sentencia ha sido inspirada por el odio. Esa señora, que no se inquietó por el trato despótico y cruel dado por su padre a su madre, doña Susana Higuchi, parece incapaz de sopesar la magnitud de los delitos de su progenitor. A lo mejor cree que las matanzas de “Barrios Altos” y “La Cantuta” fueron inspiradas por el amor.
No la ha conmovido el asesinato de personas modestas que se habían reunido en el jirón Huanta para una pollada destinada a reparar servicios en su casa de vecindad.
Keiko, la candidata presidencial que no sabe nada de nada, ignora quizás el sufrimiento de los estudiantes de “La Cantuta”, asesinados, literalmente, a sangre y fuego, y victimados después por las calumnias del fujimorismo militante. No es capaz de compartir el dolor y la cólera de las madres y parientes de esos jóvenes.
El tribunal declara en su sentencia que las 29 víctimas de “Barrios Altos” y “La Cantuta” no estaban vinculadas a Sendero Luminoso. He ahí otra calumnia que se desbarata.
CONDENA REVELA ESA VERDAD
TANTAS VECES NEGADA Y DISTORSION ADA
José Martí, paradigma de político verdadero, dejó entre muchas otras advertencias una especialmente aguda: "en política, lo real es lo que no se ve". Y es que por lo general los políticos ocultan las verdaderas motivaciones de sus discursos y acciones. Las más de las veces sus discursos grandilocuentes cargados de datos estadísticos y realidades mágicas son sólo ofrendas al dios del hueveo.
Puro caldo de huevos aderezado por la prensa prostituida que, como se sabe, es especialista en poner vendas a la razón del pueblo y movilizar insidiosamente sus emociones. Y aunque es en los sistemas totalitarios donde encontramos a los grandes artífices de la manipulación, también en las sociedades supuestamente libres, como la nuestra, debemos aprender a leer entre líneas, a sospechar de lo que nos dicen los políticos corruptos y los medios de comunicación.
No importa que estupideces diga o estadística manipule, lo cierto es que el político tradicional peruano se comporta como un verdadero mafioso que escudado por un aparato partidario y apoyado por la prensa prostituida hace lo que sea necesario para proteger los intereses de las elites y acallar la legítima protesta popular que lamentablemente en algunos casos se manifiesta en la forma de lucha armada o guerra civil.
No permitamos jamás que este tipo de manipulación coordinada entre la mafia política y el periodismo prostituido se salga con la suya. Aprovechemos el precedente que sienta la condena al asesino Fujimori, que en su contenido desnuda ante nuestros sentidos esa verdad que hasta el día de ayer se pretendía seguir ocultando y tergiversando desde la plataforma mediática corrupta que se ensambló en la tristemente célebre salita del SIN.
La justicia acaba de sepultar la viabilidad política de la dinastía Fujimori. Por lo tanto, cualquier medio de comunicación, que a partir de hoy, le facilite pulpito a cualquiera de los conocidos cómplices del asesino Fujimori, pondrá en evidencia su asociación con la mafia fujimontesinista.
CONDENA REVELA ESA VERDAD
TANTAS VECES NEGADA Y DISTORSION ADA
José Martí, paradigma de político verdadero, dejó entre muchas otras advertencias una especialmente aguda: "en política, lo real es lo que no se ve". Y es que por lo general los políticos ocultan las verdaderas motivaciones de sus discursos y acciones. Las más de las veces sus discursos grandilocuentes cargados de datos estadísticos y realidades mágicas son sólo ofrendas al dios del hueveo.
Puro caldo de huevos aderezado por la prensa prostituida que, como se sabe, es especialista en poner vendas a la razón del pueblo y movilizar insidiosamente sus emociones. Y aunque es en los sistemas totalitarios donde encontramos a los grandes artífices de la manipulación, también en las sociedades supuestamente libres, como la nuestra, debemos aprender a leer entre líneas, a sospechar de lo que nos dicen los políticos corruptos y los medios de comunicación.
No importa que estupideces diga o estadística manipule, lo cierto es que el político tradicional peruano se comporta como un verdadero mafioso que escudado por un aparato partidario y apoyado por la prensa prostituida hace lo que sea necesario para proteger los intereses de las elites y acallar la legítima protesta popular que lamentablemente en algunos casos se manifiesta en la forma de lucha armada o guerra civil.
No permitamos jamás que este tipo de manipulación coordinada entre la mafia política y el periodismo prostituido se salga con la suya. Aprovechemos el precedente que sienta la condena al asesino Fujimori, que en su contenido desnuda ante nuestros sentidos esa verdad que hasta el día de ayer se pretendía seguir ocultando y tergiversando desde la plataforma mediática corrupta que se ensambló en la tristemente célebre salita del SIN.
La justicia acaba de sepultar la viabilidad política de la dinastía Fujimori. Por lo tanto, cualquier medio de comunicación, que a partir de hoy, le facilite pulpito a cualquiera de los conocidos cómplices del asesino Fujimori, pondrá en evidencia su asociación con la mafia fujimontesinista. ¡¡¡QUE SE TRASLADE INMEDIATAMENTE AL REO FUJIMORI A UNA CELDA DE PIEDRAS GORDAS!!!
¡¡¡BASTA YA DE PRIVILEGIOS CARCELARIOS AL CONDENADO FUJIMORI, NO SE MERECE NINGUN TRATO ESPECIAL PUES LA CORTE HA DEMOSTRADO QUE SE TRATA DE UN ASESINO PELIGROSO!!!
¡¡¡AHORA HAY QUE CONCENTRARNOS EN LUCHAR POR QUE SE HAGA JUSTICIA A LAS VICTIMAS DEL FRONTON Y CAYARA, CUYOS RESPONSABLES DIRECTOS SON ALAN GARCIA Y GIAMPIETRI!! !
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domingo, 12 de abril de 2009
FUJIMORI SENTENCIADO - FALLO SENTENCIA CONDENATORIA
Sentencia de la Sala Penal Especial en el Expediente N° AV 19-2001 (acumulado), del siete de abril de 2009. Casos Barrios Altos, La Cantuta y sótanos SIE
ÍNDICE
Cuestiones de Hecho Carátula
Parte II: Fundamentos de hecho
Capítulo I: Aspectos de la prueba penal
Capítulo II: La Asunción presidencial de Alberto Fujimori Fujimori y las bases de su régimen
Capítulo III: El Presidente de la República y el control de terrorismo
Capítulo IV: Las Fuerzas Armadas y el gobierno de Alberto Fujimori Fujimori
Capítulo V: El Servicio de Inteligencia Nacional
Capítulo VI: La Dirección Nacional de Inteligencia y el Servicio de Inteligencia del Ejército
Capítulo VII: El Destacamento Especial de Inteligencia Colina
Capítulo VIII: Las Operaciones Especiales de Inteligencia
Capítulo IX: Atentado de Barrios Altos
Capítulo X: Atentado en la Universidad Nacional de Educación - La Cantuta
Capítulo XI: Secuestro de Gustavo Andrés Gorriti Ellenbogen
Capítulo XII: Secuestro de Samuel Edwar Dyer Ampudia
Capítulo XIII: Otros delitos del Destacamento Especial de Inteligencia Colina
Capítulo XIV: Actos posteriores a los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta
Capítulo XV: La intervención de Alberto Fujimori Fujimori
Parte III
Capítulo I: Tipificación
Capítulo II: La autoría mediata por dominio de la voluntad enaparatos de poder organizados
Capítulo III: Determinación de la pena judicial
Capítulo IV: Reparación civil
Capítulo V: Otros efectos de la sentencia
Parte IV Decisión
Fallo
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
SALA PENAL ESPECIAL
EXP. Nº A.V. 19 – 2001 Parte IV – Decisión
PARTE CUARTA
DECISIÓN
821°. Por estos fundamentos, administrando justicia a nombre de la Nación y
con el criterio de conciencia que la Ley autoriza, habiendo planteado,
discutidas y votadas las cuestiones de hecho que corren en pliego aparte,
la Sala Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República;
F A L L A :
822°. Declarando INFUNDADAS las cuestiones probatorias deducidas por la
defensa del acusado Alberto Fujimori Fujimori conforme a los acápites dos
–cuestiones probatorias–, tres –prueba videográfica y audiográfica– y cuatro –
otros cuestionamientos probatorios– del Capítulo I de la Parte Segunda de la
presente sentencia, salvo:
I. La parcial aceptación de la objeción respecto de la exposición del experto militar
José Luis García en orden al Manual MFA–110–1–EMC,
conforme a lo establecido en el párrafo 70°.
II. La estimación de las cuestiones probatorias referidas a las declaraciones
sumariales precisadas en los párrafos 72° y 73°, que se declaran no
valorables en esta causa; y al audio denominado “Diálogo Fujimori–
Montesinos”, conforme al párrafo 153°, que se excluye del acervo
probatorio.
823°. CONDENANDO a ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI o KENYA FUJIMORI, cuyas
generales de ley han sido precisadas en el párrafo 4°, como autor mediato
de la comisión de los delitos de:
I. Homicidio calificado – asesinato, bajo la circunstancia agravante de
alevosía, en agravio de:
1. Luis Antonio León Borja.
2. Luis Alberto Díaz Ascovilca.
3. Alejandro Rosales Alejandro.
4. Máximo León León.
5. Placentina Marcela Chumbipuma Aguirre.
6. Octavio Benigno Huamanyauri Nolasco.
7. Filomeno León León.
8. Lucio Quispe Huanaco.
9. Tito Ricardo Ramírez Alberto.
10. Teobaldo Ríos Lira.
11. Manuel Isaías Ríos Pérez.
12. Nelly María Rubina Arquiñigo.
13. Odar Mender Sifuentes Núñez.
14. Benedicta Yanque Churo
15. Javier Manuel Ríos Rojas. (CASO BARRIOS ALTOS)
16. Juan Gabriel Mariño Figueroa.
17. Bertila Lozano Torres.
18. Dora Oyague Fierro.
19. Robert Teodoro Espinoza.
20. Marcelino Rosales Cárdenas.
21. Felipe Flores Chipana.
22. Luis Enrique Ortiz Perea.
23. Richard Armando Amaro Cóndor.
24. Heráclides Pablo Meza.
25. Hugo Muñoz Sánchez. (CASO LA CANTUTA)
II. Lesiones graves, en agravio de:
1. Natividad Condorcahuana Chicaña.
2. Felipe León León.
3. Tomás Livias Ortega.
4. Alfonso Rodas Alvitres. (CASO BARRIOS ALTOS)
Los mencionados delitos de homicidio calificado y lesiones graves
constituyen crímenes contra la Humanidad según el Derecho Internacional
Penal.
III. Secuestro agravado, bajo la circunstancia agravante de trato cruel, en
agravio de:
1. Gustavo Andrés Gorriti Ellenbogen.
2. Samuel Edward Dyer Ampudia. (CASO SÓTANOS SIE)
824°. En tal virtud, le IMPUSIERON VEINTICINCO AÑOS DE PENA PRIVATIVA
DE LIBERTAD, que computada desde el siete de noviembre de dos mil cinco en que fue
privado de su libertad en Chile atendiendo a la solicitud de extradición
hasta el dieciocho de junio de dos mil seis en que obtuvo libertad bajo
fianza, y desde el veintidós de septiembre de dos mil siete en que fue puesto
a disposición de este Tribunal vencerá el diez de febrero de dos mil treinta y
dos.
825°. ESTABLECIERON como medidas a favor de los agraviados,
conforme lo definido en la Parte Tercera, Capítulo IV, acápites 3° a 8°, de esta sentencia,
las siguientes:
A. FIJARON por concepto de daños inmateriales a favor de Marcelino
Marcos Pablo Meza y Carmen Juana Mariños Figueroa, hermanos de los
agraviados fallecidos Heráclides Pablo Meza y Juan Gabriel Muñoz
Figueroa, respectivamente, la suma de sesenta y dos mil cuatrocientos
nuevos soles a favor de cada uno de ellos.
B. SEÑALARON por concepto de pago compensatorio la cantidad de
veinte mil dólares americanos a favor de los herederos legales de: 1. Luis
Antonio León Borja, 2. Alejandro Rosales Alejandro, 3. Máximo León León,
4. Placentina Marcela Chumbipuma Aguirre, 5. Octavio Benigno
Huamanyauri Nolasco, 6. Manuel Isaías Ríos Pérez, 7. Benedicta Yanque
Churo, 8. Javier Manuel Ríos Rojas, 9. Juan Gabriel Mariño Figueroa. 10.
Bertila Lozano Torres, 11. Dora Oyague Fierro, 12. Robert Teodoro
Espinoza, 13. Felipe Flores Chipana, 14. Luis Enrique Ortiz Perea. 15.
Richard Armando Amaro Cóndor, 16. Heráclides Pablo Meza, y 17. Hugo
Muñoz Sánchez. Asimismo, a favor de: 18. Natividad Condorcahuana
Chicaña, 19. Felipe León León, 20. Tomás Livias Ortega, y 21. Alfonso
Rodas Alvitres. La cantidad de sesenta y dos mil cuatrocientos nuevos
soles se dividirá proporcional a favor de cada agraviado; es decir, dos
mil novecientos setenta y un nuevos soles con cuarenta y tres céntimos a
cada uno de ellos.
C. DETERMINARON por concepto de indemnización por daño
extrapatrimonial o inmaterial la suma de cuarenta y seis mil ochocientos
nuevos soles a favor de cada uno de los agraviados Gustavo Andrés
Gorriti Ellenbogen y Samuel Edward Dyer Ampudia.
D. PRECISARON que los tres montos dinerarios serán abonados por el
encausado Alberto Fujimori Fujimori a título personal. Estos montos, a su
vez, devengarán el interés legal desde la fecha en que se produjo el
daño.
826°. RESOLVIERON que no procede:
1. RECONOCER a favor de los veintinueve agraviados correspondientes a los
casos Barrios Altos y La Cantuta –con la excepción fijada en el literal a) del
párrafo anterior– una suma indemnizatoria por concepto de daños
materiales e inmateriales, porque ya se decidió el punto en sede
internacional, cuya ejecución en sede interna debe hacerse en la vía y
forma de ley.
2. DECRETAR el cumplimiento de medidas de satisfacción, rehabilitación y de
no repetición solicitadas por la parte civil porque éstas ya han sido
dispuestas por la justicia internacional (siete medidas en cada uno de los
casos Barrios Altos y La Cantuta han sido dispuestas por la CIDH).
827°. Atento a lo definido en el párrafo 764° de esta sentencia, el Tribunal
HACE CONSTAR, terminantemente, que los veintinueve agraviados
reconocidos en los casos Barrios Altos y La Cantuta –cuyos nombres se indican
en el párrafo 783°, I y II, del fallo– no estaban vinculados a las acciones
terroristas del PCP–SL ni integraban esa organización criminal.
828°. DISPUSIERON se formulen cargos: (i) contra Alberto Augusto Pinto
Cárdenas, Vladimiro Montesinos Torres y Nicolás de Bari Hermoza Ríos por
delito de secuestro agravado en agravio de Gustavo Andrés Gorriti
Ellenbogen; (ii) contra Nicolás de Bari Hermoza Ríos por delito de rebelión en
agravio del Estado; y, (iii) contra Willy Chirinos Chirinos por delito de falso
testimonio en agravio del Estado.
En consecuencia, ORDENARON se forme el
cuaderno respectivo con copia de esta sentencia y de las piezas procesales
citadas en la Parte Tercera, Capítulo V, acápites 2 y 3, y se envíe a la Fiscalía
Provincial competente para los fines de ley correspondientes.
829°. CURSARON el respectivo requerimiento de investigación al Ministerio
Público para que realice los actos de averiguación respectivos acerca del
análisis de ADN que se habría enviado a Londres para determinar la
identidad de las víctimas del caso La Cantuta.
830°. MANDARON que firme que sea la presente sentencia se inscriba en el
Registro respectivo, se remitan los testimonios y boletines de condena; y,
hecho, se envíe el proceso al órgano jurisdiccional de origen para los fines
legales correspondientes. Hágase saber en audiencia pública y tómese
razón donde corresponda.
Ss.
SAN MARTÍN CASTRO
PRADO SALDARRIAGA
PRÍNCIPE TRUJILLO
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sábado, 11 de abril de 2009
FUJIMORI CONDENADO A 25 AÑOS DE CARCEL POR GENOCIDA
Fujimori, condenado a 25 años de cárcel por abusos a los derechos humanos
El ex presidente peruano ha sido condenado como culpable de abusos a los Derechos Humanos por ser responsable de los delitos de homicidio calificado, lesiones graves y secuestro.
Redacción/Europa Press (09/04/2009)Fujimori está acusado de ser el autor intelectual de las matanzas de Barrios Altos, en 1991, y La Cantuta, en 1992, cometidas por un escuadrón del Ejército conocido como el Grupo Colina, y del secuestro de un empresario y un periodista. El incidente de Barrios Altos dejó 15 muertos y el de la Universidad La Cantuta, diez.
Según explicó el presidente de la Sala Penal Especial del Tribunal Supremo de Justicia, el magistrado César San Martín, la sentencia es la más grave y severa que se podía imponer al ex mandatario, de 70 años, que no saldrá de prisión hasta el 10 de febrero del 2032.
Los magistrados han atribuido también al gobierno de Fujimori el intento de ocultar los abusos cometidos durante su gestión, que "están probados más allá de toda duda razonable.
Aún así, Fujimori, de 70 años, ha negado los cargos en su contra y ha presentado un recurso de nulidad para apelar la sentencia, por lo que la Segunda Sala Penal Transitoria deberá emitir una resolución definitiva en el plazo de seis a ocho meses.
En los alrededores, los simpatizantes del ex mandatario, que han acusado al tribunal de tener "motivaciones políticas", se enfrentaron a un grupo de sindicalistas a las afueras del edificio, minutos después de conocerse la sentencia, lo que acabó con un simpatizante herido, tras recibir un golpe en la cabeza con un palo.Organizaciones de derechos humanos
Mientras, los grupos de defensa de los derechos humanos han asegurado que esta sentencia es un "hito en la lucha por la justicia" y una "victoria para los Derechos Humanos".
Amnistía Internacional (AI) ha emitido un comunicado en el que ha resaltado que la condena de Fujimori marca "un hito fundamental en la lucha contra la impunidad en Perú y demuestra que nadie está exento de rendir cuentas". "Este es un día histórico, no todos los días se ve a un ex jefe de Estado siendo sentenciado por violaciones a los Derechos Humanos, señaló Javier Zuñiga, observador de AI.
Por su parte, Human Rights Watch aseguró que la sentencia constituye un importante avance para promover justicia por las violaciones de derechos humanos en la región y en el mundo.
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CanalSolidario.org 2009
PUBLICADO POR MARIA JESUS, CON PERMISO DE JIMMY CALLA COLANA
¡¡¡ENHORABUENA A JIMMY, A TODOS SUS COMPAÑEROS PERSEGUIDOS TANTO TIEMPO Y ALGUNOS ASESINADOS, Y A TODO EL PUEBLO PERUANO, PORQUE AL FIN UN TRIBUNAL HA HECHO JUSTICIA Y A CONDENADO AL GENOCIDA QUE TUVIERON QUE AGUANTAR!!!, ¡¡¡FELICIDADES, DE CORAZON!!!
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